
06 Ago El descanso del Guerrero 1: derecho y necesidad
Hace unos días visitando una de las empresas que asesoro en temas de organización y RRHH me comentó la Responsable de Personas de la misma que había visto trabajando a uno de los trabajadores que tenía que estar de vacaciones y no entendía por qué. Le preguntamos a su responsable si había variado sus fechas y nos comentó que tradicionalmente, y desde hacía varios años, esta persona no cogía vacaciones en verano, y apenas algunos días sueltos a lo largo del año. El motivo parecía ser económico, prefería trabajar y que se le pagaran los días de vacaciones como horas extras y al jefe tampoco le venía mal.
Como todos sabemos, las vacaciones anuales pagadas son un derecho y una conquista social que tienen como punto de partida los Pactos de Matignon, en la Francia de 1936, y que no se consolidan en España de una manera parecida a la actual hasta los años 60 del siglo pasado. Esta conquista social, arraigada en la Europa continental, no está extendida de la misma manera en el resto de países del mundo, incluso entre las grandes potencias económicas, donde en muchas ocasiones se negocian con la empresa los días de descanso o son inferiores los primeros años de contrato.
Nuestro marco normativo señala como derecho irrenunciable el disfrute de vacaciones que estipule el convenio de referencia. Esto quiere decir que ni la empresa puede exigir la renuncia al trabajador ni que puede aceptar que un trabajador renuncie a ellas.
Este carácter irrenunciable del derecho al disfrute de vacaciones tiene una razón de ser y es que el descanso del trabajo es una necesidad íntimamente relacionada con el bienestar humano. No somos máquinas, somos personas que necesitamos resetearnos cada cierto tiempo y disfrutar de nuestro tiempo para lo que necesitemos, descanso, familia, realizar actividades, viajar, leer, holgazanear, salir…, lo que sea, siendo dueños de nuestro tiempo. Siempre he dejado mi reloj de pulsera el primer día de vacaciones en un cajón hasta el primer día de vuelta al trabajo.
Es por ello que debemos de garantizar que las personas de nuestra empresa puedan disfrutar de unas vacaciones de calidad, con tiempo para emplear en lo que deseen y acordando periodos de disfrute adecuados tanto para el negocio como para el trabajador. Y por supuesto es obligación de la empresa organizarse para que el trabajador no tenga que estar pendiente de llamadas, whatsapp o correos electrónicos durante ese periodo, salvo situaciones excepcionales, excepcionales de verdad (cómo conseguir esto lo abordaremos en la siguiente entrada de blog). Por supuesto, al trabajador tendremos que exigirle que deje cerrado lo que tenga que cerrar, así como qué pasos quedan pendientes a resolver antes de su vuelta y quién y cómo debe gestionarlos.
El disfrute de unas vacaciones de calidad no solo es un derecho y una necesidad, revierten directamente en la productividad de nuestros empleados y en sus capacidades, en su nivel de satisfacción con su trabajo y en su compromiso con la empresa, así que cuidemos una organización adecuada de los periodos vacacionales y evitemos que en pleno siglo XXI haya empresas con culturas que no vean inaceptable permitir que alguien decida no disfrutarlas.
No Comments